viernes, 4 de abril de 2008
martes, 1 de abril de 2008
SOCIEDADES DE CAPITAL
Sociedad Anónima Abierta
Sociedad Anónima Cerrada
Sociedad En comandita por Acciones
Sociedad Anónima Abierta: Aquella persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas que responden hasta el límite de sus aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Es siempre comercial aún cuando se forme para la realización de negocios de carácter civil. Este tipo de sociedades deben estar formadas por un mínimo de 500 o más accionistas, donde el 10% de su capital debe pertenecer a un mínimo de 100 accionistas, deben estar inscritas en la Superintendencia de Valores y Seguros, publicar sus estados financieros y hacer oferta pública de sus valores en el mercado de valores.
Sociedad Anónima Cerrada: La diferencia con la SAA, está en que posee menos de 500 socios, no está obligada a inscribirse en la Superintendencia de Valores y Seguros, publicar sus Estados Financieros y hacer oferta pública de sus valores en el mercado de valores, salvo que se sometan a las normas que rigen a las SAA, o que por disposición legal estén obligadas a hacerlo, quedarán sometidas a la fiscalización de la S.V.S.-
Están regidas por la ley Nº 18.046 del 22 de octubre de 1981.-
Sociedad En comandita por Acciones: Persona Jurídica constituida por la reunión de un capital dividido en acciones o cupones de acción y suministrado por socios, cuyo nombre no figura en la escritura social. Además uno o varios socios comanditados responden en forma solidaria por las obligaciones sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada al monto de las acciones que hayan suscrito, en la misma forma que la S.A. Constituida por uno o más socios gestores y por lo menos 5 socios capitalistas.
Se rige por las disposiciones del Código de Comercio y la ley general de sociedades mercantiles.-
SOCIEDADES DE PERSONAS
Sociedades de Responsabilidad Limitada
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Sociedades de Hecho
Sociedad En comandita Simple
Sociedades de Responsabilidad Limitada: Son organizaciones con personalidad jurídica, distinta de los socios, y que persiguen fines de lucro, aquí quedan fuera las corporaciones y fundaciones, los socios responden hasta el límite de sus aportes, se constituyen por Escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el registro de comercio, y publicarse en el diario oficial.
Su reconocimiento legal esta contemplado en el “Código de Procedimiento Civil”, y en el “Código de Comercio”, puede estar formada por 2 o más personas naturales, y hasta un máximo de 25.-
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: Creadas por la ley 19.857 publicada en el diario oficial el 11 de febrero de 2003, tiene su origen en moción presentada por senadores Olga Feliz y Sergio Fernández en 1992. Su principal objetivo es potenciar las Pymes y microempresas de base individual, solucionando problemas de limitación de responsabilidad.
Es una Persona Jurídica organizada bajo la forma de Empresa, esta sociedad consta de un solo dueño, que debe ser una persona natural, tiene patrimonio propio distinto del titular y es siempre comercial, la responsabilidad del titular se encuentra limitada a su aporte, salvo ciertos casos de excepción.
Se aplicarán a la E.I.R.L las disposiciones legales aplicables a las Sociedades de Responsabilidad Limitada. Se constituye por escritura Pública, cuyo extracto debe publicarse en el diario oficial e inscribirse en el registro de comercio.
Sociedades de hecho: A diferencia de las demás sociedades es la única que no tiene personalidad jurídica, por lo que no se constituye por Escritura Pública. Surge por el acuerdo entre 2 o más personas naturales, que se obligan a aportar dinero, trabajo u otro tipo de bienes, para explotar una actividad comercial, con el ánimo de repartirse las utilidades. Su reconocimiento legal se encuentra establecido en el Art. 8 del Decreto Ley 825 (Impuesto a las Ventas y Servicios IVA), y en el Art. del Decreto Ley 824 (Impuesto a la Renta), y en el Código de Comercio.
Esta formada por un mínimo de 2 socios y un máximo indefinido.
Sociedad En comandita Simple: Formada Por uno o varios socios comanditados, que responden de manera subsidiaria e ilimitada ante las obligaciones sociales, además de uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada hasta el monto de sus aportes. Su reconocimiento legal se encuentra establecido en el Código de Comercio y Código de Procedimiento Civil, además deben constituirse por Escritura Pública, publicar el extracto en el diario oficial e inscribirse en el registro de comercio. El nombre de esta especie de sociedad está formado con el nombre personal de todos los socios comanditados o de alguno o algunos de los socios Comanditados más las palabras “y Cía.”, y agregársele “Sociedad en comandita Simple” o bien sus abreviaturas “S.E.S”.-Esta formada por dos o más personas, un gestor y un comanditario.-
FORMAS JURÍDICAS DE LAS EMPRESAS
Toda Empresa tiene un objetivo, que es la razón de su existencia, vale decir, un conjunto de elementos que interactúan entre sí, para alcanzar un fin específico, por ello la actividad empresarial puede tener incidencias positivas y negativas en la cultura, en la sociedad, ya que mejoran el nivel de vida con la introducción y desarrollo de nuevas tecnologías, de manera de mejorar las técnicas de gestión para que sean cada vez mejores, y satisfacer de mejor manera las necesidades de los individuos, para ello existen variados tipos de Empresas, que podemos clasificar como sigue:
1.- Atendiendo al Tamaño:
Micro
Pequeña
Mediana
Grande
2.- Atendiendo a la Actividad:
Sector Primario
Sector Secundario
Sector Terciario
3.- Ámbito:
Locales
Provinciales
Regionales
Nacionales
Multinacionales
4.- De acuerdo a la Propiedad:
Privadas
Públicas
Mixtas
5.- Atendiendo a la forma Jurídica:
Individual
Social
1.- Atendiendo al Tamaño: Esta clasificación se establece en función a la cantidad de empleados y activos, pero básicamente al volumen de Ventas Anuales que ésta genere.
2.- Atendiendo a la Actividad: Esta clasificación se establece de acuerdo a la actividad económica que éstas desarrollan.-
SECTOR
ACTIVIDAD
Primario
Extractivas, recursos naturales
Secundario
Producción , transformación de bienes y/o servicios
Terciario
Servicios, comercio, etc.-
3.- Ámbito de actuación: Básicamente enfocado al aspecto geográfico, es decir, donde se desarrolla su actividad, lugar de ubicación.-
4.- De acuerdo a la Propiedad: Según su titularidad o capital
PRIVADAS
EL CAPITAL ESTA EN MANOS DE PARTICULARES
PÚBLICAS
CAPITAL Y CONTROL EN MANOS DEL ESTADO
MIXTAS
PROPIEDAD COMPARTIDA
5.- Forma Jurídica: Atendiendo a la responsabilidad de sus dueños. En este punto nos encontramos con variados tipos de Empresas, clasificadas atendiendo la composición de su Patrimonio.
Empresario Individual
Sociedades de Personas
Sociedades de Capital
Sociedades Colectivas